Anuncio Publicado el Viernes , 29 de Agosto de 2008 .- Número 168

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AYUNTAMIENTO DE UDÍAS
Acuerdo plenario sobre formulación de hoja de aprecio de 600 metros cuadrados de finca rústica, sita en polígono 1, parcela 53.
Por el Pleno de la Corporación, con fecha 19 de junio de 2008, se ha adoptado acuerdo, que literalmente se transcribe, y del que procede efectuar publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, tras un doble intento fallido en el domicilio de los interesados don José Manuel Rivero García, doña Isabel García García, don José Luis Rivero y hermanos y don Juan Antonio Rivero García (herederos de don Matias Rivero Rivero):
" 4º.- Formulación hoja aprecio 600 m2 finca rústica, polígono 1, parcela 53.
Concluida la exposición de Alcaldía, y no suscitándose debate, por unanimidad de los miembros presentes, se adopta el siguiente acuerdo:
Visto el Acuerdo de necesidad de ocupación en el que se aprobaba definitivamente la relación de bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación para la ejecución de las obras contempladas en el proyecto denominado "saneamiento y depuración en varios núcleos. Fase I", de fecha 13 de julio de 2007.
Dada la necesidad de tramitación individualizada del presente expediente de fijación de justiprecio con los herederos de D. Francisco Rivero Rivero, sobre la finca rústica, polígono 1, parcela 53, que se corresponde con la parcela 11 del polígono 2 del plano general de la concentración parcelaria de la zona de udías, acordada por el Pleno con fecha 28 de noviembre de 2007,
Visto que por los herederos (designados nominalmente en el expediente) no se ha formulado hoja de aprecio en la que se concrete el valor en que estimen el bien que se expropia.
Visto el informe de Secretaría, de fecha 4 de junio de 2008, se acuerda:
Primero. Estimar adecuada la valoración efectuada por el arquitecto técnico municipal, don Agustín González Pariente, y en consecuencia aprobar la hoja de aprecio municipal, que se notificará a los herederos de don Francisco Rivero Rivero, los cuales dentro de los diez días siguientes, podrán aceptarla lisa y llanamente, o bien rechazarla, y en este segundo caso, tendrá derecho a hacer las alegaciones que estimen pertinentes, empleando los métodos de valoración que juzguen más adecuados para justificar su propia valoración y asimismo, aportar las pruebas que considere oportunas en justificación de dichas alegaciones.
De ser aceptada la hoja de aprecio municipal, procédase al acta de ocupación y pago, dando por concluido el expediente.
Si transcurriesen los diez días y los herederos de don Francisco Rivero Rivero rechazasen el precio señalado en la hoja de aprecio del Ayuntamiento, o bien no contestaran, se remitirá el expediente de justiprecio al Jurado Provincial de Expropiación, de conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Segundo. Designar a don Agustín González Pariente, como arquitecto técnico municipal para que, de conformidad con el artículo 85 de la Ley de Expropiación Forzosa, forme parte del Jurado Provincial de Expropiación. "
Lo que le notifico requiriéndole en forma conforme a lo preceptuado en el artículo 30.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, para que en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente al de la notificación, acepte la hoja de aprecio extendida por el Ayuntamiento, o bien la rechace, pudiendo aducir cuantas alegaciones estime pertinentes, empleando los métodos de valoración que juzgue más adecuados para justificar su propia valoración, y así mismo, aportar las pruebas que considere oportunas en justificación de dichas alegaciones.
Udías, 20 de agosto de 2008.–El alcalde, Fernando Fernández Sampedro.