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Anuncio Publicado el Viernes , 29 de Agosto de 2008 .- Número 168

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AYUNTAMIENTO DE UDÍAS
Acuerdo plenario sobre formulación de hoja de aprecio de 600 metros cuadrados de finca rústica, sita en polígono 1, parcela 53.
Por el Pleno de la Corporación, con fecha 19 de junio de 2008, se ha adoptado acuerdo, que literalmente se transcribe, y del que procede efectuar publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, tras un doble intento fallido en el domicilio de los interesados don José Manuel Rivero García, doña Isabel García García, don José Luis Rivero y hermanos y don Juan Antonio Rivero García (herederos de don Matias Rivero Rivero):
" 4º.- Formulación hoja aprecio 600 m2 finca rústica, polígono 1, parcela 53.
Concluida la exposición de Alcaldía, y no suscitándose debate, por unanimidad de los miembros presentes, se adopta el siguiente acuerdo:
Visto el Acuerdo de necesidad de ocupación en el que se aprobaba definitivamente la relación de bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación para la ejecución de las obras contempladas en el proyecto denominado "saneamiento y depuración en varios núcleos. Fase I", de fecha 13 de julio de 2007.
Dada la necesidad de tramitación individualizada del presente expediente de fijación de justiprecio con los herederos de D. Francisco Rivero Rivero, sobre la finca rústica, polígono 1, parcela 53, que se corresponde con la parcela 11 del polígono 2 del plano general de la concentración parcelaria de la zona de udías, acordada por el Pleno con fecha 28 de noviembre de 2007,
Visto que por los herederos (designados nominalmente en el expediente) no se ha formulado hoja de aprecio en la que se concrete el valor en que estimen el bien que se expropia.
Visto el informe de Secretaría, de fecha 4 de junio de 2008, se acuerda:
Primero. Estimar adecuada la valoración efectuada por el arquitecto técnico municipal, don Agustín González Pariente, y en consecuencia aprobar la hoja de aprecio municipal, que se notificará a los herederos de don Francisco Rivero Rivero, los cuales dentro de los diez días siguientes, podrán aceptarla lisa y llanamente, o bien rechazarla, y en este segundo caso, tendrá derecho a hacer las alegaciones que estimen pertinentes, empleando los métodos de valoración que juzguen más adecuados para justificar su propia valoración y asimismo, aportar las pruebas que considere oportunas en justificación de dichas alegaciones.
De ser aceptada la hoja de aprecio municipal, procédase al acta de ocupación y pago, dando por concluido el expediente.
Si transcurriesen los diez días y los herederos de don Francisco Rivero Rivero rechazasen el precio señalado en la hoja de aprecio del Ayuntamiento, o bien no contestaran, se remitirá el expediente de justiprecio al Jurado Provincial de Expropiación, de conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Segundo. Designar a don Agustín González Pariente, como arquitecto técnico municipal para que, de conformidad con el artículo 85 de la Ley de Expropiación Forzosa, forme parte del Jurado Provincial de Expropiación. "
Lo que le notifico requiriéndole en forma conforme a lo preceptuado en el artículo 30.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, para que en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente al de la notificación, acepte la hoja de aprecio extendida por el Ayuntamiento, o bien la rechace, pudiendo aducir cuantas alegaciones estime pertinentes, empleando los métodos de valoración que juzgue más adecuados para justificar su propia valoración, y así mismo, aportar las pruebas que considere oportunas en justificación de dichas alegaciones.
Udías, 20 de agosto de 2008.–El alcalde, Fernando Fernández Sampedro.

Anuncio Publicado el Martes , 26 de Agosto de 2008 .- Número 165

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CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y URBANISMO
Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística
Resolución de 7 de agosto de 2008, de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística, por la que se formula el documento de referencia para la evaluación de los efectos en el medio ambiente del Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Udías.
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 3 y 9 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados Planes y Programas en el medio ambiente y de los artículos 5 y 25 de la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado esta Dirección General ha resuelto aprobar el documento de referencia para la evaluación ambiental del Plan General de Ordenación Urbana de Udias.
Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que el mismo se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística, sitas en la calle Vargas 53, 8ª planta, de Santander.
Santander, 7 de agosto de 2008.–El director general de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística, Luis Collado Lara.

Anuncio Publicado el Miercoles , 20 de Agosto de 2008 .- Número 161

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CONSEJERÍA DE SANIDAD

Resolución de adjudicación (Orden SAN/5/2008, de 13 de febrero, por la que se establece el procedimiento y las bases reguladoras de la convocatoria de concesiones de ayudas económicas a Corporación Locales, Asociaciones o Entidades legalmente reconocidas sin ánimo de lucro, para apoyar el desarrollo y la realización de programas de intervención en materia de drogodependencia.

RESOLUCIÓN

Vista la Orden SAN/5/2008, de 13 de febrero, por la que se establece el procedimiento y las bases reguladoras de la convocatoria de concesión de ayudas económicas a Corporaciones Locales, Asociaciones o Entidades legalmente reconocidas sin ánimo de lucro, para apoyar el desarrollo y la realización de programas de intervención en materia de drogodependencias, publicada en el BOC de 26 de febrero de 2008.

Vista la propuesta provisional de resolución, de fecha 5 de junio de 2008, publicada en el BOC número 123 (25 de junio de 2008).

Vista la propuesta de adjudicación de subvenciones emitida por el Comité de Valoración y recogida en el acta número 5, tras considerar las solicitudes de reformulación presentadas por: Asociación de Padres y Madres del IES Peñacastillo; Asociación Gitanos de Hoy; Federación de Personas Sordas de Cantabria; Federación de Asociaciones de Mayores de Cantabria; Asociación de Mujeres "El Trastolillu"; Ayuntamiento de Ruiloba; Ayuntamiento de Mazcuerras; Ayuntamiento de Castañeda; Ayuntamiento de San Roque de Río Miera; Ayuntamiento de Lierganes; Ayuntamiento de Udias; Mancomunidad de Municipios Altamira Los Valles; Mancomunidad de Municipios Alto Asón; Ayuntamiento de los Corrales de Buelna; Ayuntamiento de Entrambasaguas; Mancomunidad de Servicios Liébana y Peñarrubia; Ayuntamiento de Ruente; Mancomunidad Oriental de Trasmiera; Ayuntamiento de Cabezón de la Sal, Ayuntamiento de Penagos; Ayuntamiento de Piélagos; Ayuntamiento de Suances y Ayuntamiento de Alfoz de Lloredo. En virtud de la valoración de las solicitudes presentadas acordada en sesiones anteriores y teniendo en cuenta las limitaciones presupuestarias y el principio de concurrencia competitiva,

RESUELVO

1.- Desestimar la solicitud de la Mancomunidad de Municipios Nansa (P-3900558-B), por haber sido presentada fuera de plazo.

Anuncio Publicado el Jueves , 7 de Agosto de 2008 .- Número 153

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CONSEJERÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO TECNOLÓGICO
Dirección General de Industria
Información pública de la Dirección General de Industria de la Consejería de Industria y Desarrollo Tecnológico de la Comunidad Autónoma de Cantabria de solicitud de autorización administrativa de instalación eléctrica, sometida a Evaluación de Impacto Ambiental, y declaración en concreto de utilidad pública, expediente número AT-136-08.
A los efectos previstos en el artículo 31 del Decreto 50/1991, de 29 de abril (BOC del 14 de mayo de 1991), de Evaluación de Impacto Ambiental para Cantabria, en los artículos 3, 8 y 10 del Decreto 6/2003, de 16 de enero (BOC de 29 de enero de 2003), así como en lo previsto en los artículos 52, 53 y 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, además de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y su Reglamento, que resultan de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 54/1997, se somete al trámite de información pública la petición de autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública para la construcción de la instalación eléctrica:
«Línea aérea a 55 kV (doble circuito) entrada y salida de L/ Cabezón-Abaño en subestación Comillas».
Peticionario: «Electra de Viesgo Distribución, S. L.»
Lugar donde se va a establecer la instalación: Términos municipales de Udías y Comillas.
Finalidad de la instalación: Para una mejora del servicio eléctrico del sistema de 55 kV existente en la zona Occidental de la Comunidad Cántabra, y debido a un aumento progresivo en el consumo de energía eléctrica, es necesario realizar una nueva subestación transformadora de energía eléctrica 55/12 kV en terrenos pertenecientes al término municipal de Comillas. Para integrar esta nueva subestación, denominada S.E. Comillas, dentro del sistema eléctrico existente, se debe conectar mediante una entrada y salida con la línea eléctrica existente de alta tensión a 55 kV Cabezón-Abaño.
Características principales de la línea eléctrica:
Frecuencia: 50 Hz.
Tensión nominal: 55 kV.
Tensión más elevada de la red: 72,5 kV.
Potencia máxima a transportar (DC): 109,42 MVA.
Nº de circuitos: 2.
Disposición: Hexágono y capa.
Nº de conductores por fase: 1.
Nº de cables de fibra óptica: 1.
Longitud: 5.886 metros.
Origen: Actual apoyo número 67 de entronque adaptado a las nuevas características y situado bajo la línea a 55 kV Cabezón-Abaño.
Final tramo aéreo: Nueva subestación Comillas.
Presupuesto: 1.114.959,18 euros.
La declaración, en concreto, de utilidad pública en virtud de lo establecido en el artículo 54 de la Ley 54/1997, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. En el correspondiente expediente expropiatorio la peticionaria de la instalación asumirá, en su caso, la condición de entidad beneficiaria.
Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente para los propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por la ejecución de las obras, cuya relación se inserta al final de este anuncio, todo ello en orden a que por cualquier interesado pueda ser examinado el proyecto de la instalación en la Dirección General de Industria, sita en la calle Castelar número 13, principal derecha, 39004 Santander, y formularse al mismo tiempo, en el plazo de veinte días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, cualesquiera alegaciones que se consideren oportunas, incluyendo las procedentes, en su caso, por razón de lo dispuesto en el artículo 161 del Real Decreto 1955/2000, así como aportar por escrito los datos oportunos para subsanar posibles errores en la relación indicada.
Asimismo, la presente publicación se realiza a los efectos de notificación previstos en el apartado 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Anuncio Publicado el Miercoles , 6 de Agosto de 2008 .- Número 152

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE



Dirección General de Obras Hidráulicas y Ciclo Integral del Agua



Información pública sobre expediente de expropiación forzosa del proyecto Autovía del Agua. Tramo: Valdáliga-Cabezón de la Sal, términos municipales de Valdáliga, Udías y Cabezón de la Sal.



Con fecha 24 de marzo de 2008 ha sido aprobado el proyecto de referencia, habiendo acordado el Consejo de Gobierno, con fecha 24 de abril de 2008, el inicio del expediente de expropiación forzosa necesario para la ejecución del mismo.



Lo que se hace público, en cumplimiento de la legislación vigente, para general conocimiento y de manera especial, para los propietarios de terrenos, bienes y/o derechos afectados por las obras contempladas en este proyecto de construcción, cuya relación se adjunta como anexo a este anuncio, conforme a lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954. Así mismo, se abre un período de información pública del expediente expropiatorio, durante el plazo de veinte (20) días hábiles contados a partir de la fecha de su publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria.



Dicho expediente se hallará de manifiesto en las oficinas de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Ciclo Integral del Agua (Negociado de Expropiaciones), de la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria, situada en calle Lealtad, número 24 - 4º planta, 39002 - Santander, para que pueda ser examinado por cuantos lo deseen y presentar alegaciones, por escrito, a los únicos efectos de rectificar posibles errores padecidos al relacionar los titulares o bienes afectados.



La relación de titulares, bienes y/o derechos afectados y los planos parcelarios, también podrán ser examinados en las dependencias de los Ayuntamientos de Valdáliga, Udías y Cabezón de la Sal.



Se hace constar que la Información Pública se realiza a los efectos de lo dispuestos en el artículo 86.2 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común.



Santander, 16 de julio de 2008.–La directora general de Obras Hidráulicas y C.I.A., Ana Isabel Ramos Pérez.